Reflexión

INDISPENSABLE REFLEXIÓN

Sobre el Sedevacantismo se ha dicho lo que se ha querido, muchos han opinado sobre esta posición teológica y canónica católica sin conocer en profundidad sus verdaderos orígenes y desarrollo, sus verdaderos protagonistas --eclesiásticos de la mayor relevancia jerárquica como intelectual--, sus verdaderos y graves fundamentos dogmáticos, su imperiosa razón de defender a los católicos de la grave apostasía y cisma en el que ahora viven y malviven. Paradójica y curiosamente sus máximos enemigos y detractores han sido aquellos que se dicen "defensores de la tradición católica", estos son los falsos tradicionalistas, todos ellos ex miembros de la FSSPX a la cual hoy día calumnian y difaman con un diabólico resentimiento; dirigidos por una élite infiltrada con psudosteólogos que inventaron laberínticas "tesis" rabínicas-dominicas-jesuíticas, y de una gran malicia al servicio del complot judeo-masónico, y secundados por la complicidad y servilismo de una mayoría de incautos que movidos siempre por la ingenuidad de una cómoda negligencia se alimentan de las "teologías" y de los "teólogos" del facebook o de los blog de la internet. Frente a todos estos paracaidístas devenidos en estos últimos meses al "sedevacantismo" los hay de muchos colores, entre ellos contamos a los desilucionados por el coqueteo de Jorge Bergoglio con los Protestantes, Judíos y Musulmanes, como si Ratzinger, Wojtila y Montini no lo hubiesen hecho antes, estos nuevos "sedevacantistas" creen que solo Bergoglio es hereje formal y material y por lo tanto no es papa, pero los muy incautos "ignorantes en la cuestión" aceptan la misa nueva y los sacramentos dados con el nuevo ritual inválido e ilegítimo de Paulo VI. Los Católicos fieles creemos firmemente que el último Papa de la Iglesia Católica Apostólica Romana fue S.S Pío XII y que de allí por defecto y consecuencia de la Grana Apostasía ha cesado la institución del cónclave y cualquier iniciativa al respecto, solo será una delirante intentona.

martes, 26 de febrero de 2013

EL SANTO SACRIFICIO DE LA MISA ES EL CULTO MÁS AGRADABLE A DIOS


LOS SACRIFICIOS ANTIGUOS Y EL DEL CALVARIO

En todos los tiempos y lugares los hombres han ofrecido algunas cosas a Dios o sacrificaban en su honor criaturas animadas o inanimadas para manifestar que el Señor es el dueño Supremo de todas las cosas. Esas ofrendas se llaman sacrificios. En la Antigua Ley había muchos sacrificios. Caín ofreció a Dios los frutos de la tierra (y del trabajo del hombre); Abel le ofreció sus mejores animales. continúe leyendo este artículo en : http://verdadcatolica.blogspot.com.ar/2013/05/el-santo-sacrificio-de-la-misa-es-el.html

miércoles, 13 de febrero de 2013

MISA VESPERTINA DEL MIÉRCOLES DE CENIZAS EN LA CAPILLA VIRGEN DE LUJÁN

Memento homo, quia pulvis es, et in púlverem revertéris (“Recuerda, hombre, que eres polvo y al polvo volverás”).
Con esta sentencia que el sacerdote dice mientra impone las sagradas cenizas a los fieles cristianos, da comienzo la Santa Cuaresma.

Durante el Vía Crucis
Imágenes de esta ceremonia en: http://verdadcatolica.blogspot.com.ar/2013/04/misa-vespertina-del-miercoles-de.html

viernes, 1 de febrero de 2013

INVALIDEZ DEL NUEVO RITO DE "ORDENACIÓN SACERDOTAL"



Ordenación "sacerdotal" según el nuevo rito
 
Prof. Gustavo Corbi
I. Breve RECORDATORIO de Teología SACRAMENTAL
1. MATERIA-FORMA
Los sacramentos de la Nueva Ley constan esencialmente de cosas sensibles como materia y de PALABRAS COMO FORMA. (sentencia de fide, indirectamente definida) (cfr. Royo Marín: Teología Moral, II, p. 19)
2. Requisitos por parte del MINISTRO para la VALIDEZ de un SACRAMENTO
1. Debida potestad. 2. Intención. 3. Atención externa. 4. Aplicación de la DEBIDA FORMA a la debida materia: "Es una de las MÁS ESENCIALES CONDICIONES para la VALIDEZ, de suerte que, si se MODIFICA o falsea substancialmente la FORMA o la materia, el sacramento es NULO o INVÁLIDO" (ib., p. 56).
3. DEFECTOS
Ergo, en la administración de un sacramento puede haber defectos de forma; de intención; de mysteria. Así, por ej., en las ordenaciones anglicanas, había "defectus formae et intentionis".
4. SACRAMENTO INVÁLIDO
"El sacramento es NULO si no se ponen la materia y forma esenciales en la unidad del signo sacramental. CUALQUIER CAMBIO ESENCIAL HACE INVÁLIDO AL SACRAMENTO" ("Quaecumque mutatio essentialis, sacramentum invalidum reddit") DAFFARA, OP; "De Sacramentiis", Merietti, 1944, p. 108.
5. "REORDENACIÓN"
- A los convertidos de la herejía se los "reordena" porque no se había cumplido la FORMA del sacramento, i.e., la "ordenación" había sido INVÁLIDA. Ergo stricto sensu, no es "reordenación", sino simpliciter ordenación, (cfr. DAFFARA, o.c., p. l08).
6 ."ECCLESIA SUPPLET"
El canon 209 es bien explícito y limitativo: en determinados casos (el canon indica dos, que en realidad son tres), "la Iglesia suple... LA JURISDICCIÓN", i.e., el poder de Jurisdicción. Pero nunca puede "suplir" el poder de ORDEN. Si alguien "bautiza" usando como "forma": "Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo", el bautismo es INVÁLIDO. Ningún poder en la tierra ni la Iglesia puede hacer "válido" lo que PER SE, i.e., DE SUYO, es inválido.
II. LA DEFINICIÓN INFALIBLE DE PÍO XII
1. Documento DEFINITIVO E INFALIBLE
La Constitutio Apostólica "Sacramentum Ordinis" (30-11-47) de Pío XII debe ser considerada como un documento DEFINITIVO e INFALIBLE sobre la materia y forma de las ordenaciones (episcopal; sacerdotal; diaconal). (cfr. SIEBEL: "Katechismus des Oratoriums", p. 339).
2. Palabras ESENCIALES de la FORMA
"'Por nuestra misma SUPREMA AUTORIDAD APOSTÓLICA DECRETADOS Y CONSTITUIMOS lo siguiente: (...) En la ordenación presbiteral la materia es (...). La FORMA consta de las palabras del "Prefacio", de les cuales son ESENCIALES y por lo tanto, REQUERIDAS PARA LA VALIDEZ, las siguientes:(...) PARA QUE... (= UT)" ("Sacramentum Ordinis", n° 5. D. 2301; D.S. 3860).
III. LA INVALIDEZ   DE LOS NUEVOS RITOS (obispo; sacerdote; diácono)
1. YA DEFINIDO:
Incluso suponiendo que Pablo VI haya sido papa, NO TENÍA DERECHO a modificar una materia ya definida definitiva e infaliblemente por Pío XII.
2. EL PRIMERO;
Éste fue el primer "rito reformado" por la secta conciliar: el 18-6-68 en vigor desde el 12-4-69. La "ecumenia" exigía antes que nada suprimir en adelante los sacerdotes y poner sólo "pastores".
3.SIMULTANEO con el N.O.M.
El nuevo "rito" fue inmediatamente contemporáneo con el N.O.M.: creaba los "pastores" para la "synaxis" o Cena protestante...
4. SUPRESIÓN DEL "UT"
En la forma del rito sólo se toco UNA PALABRA: se suprimió el "UT"=PARA QUE. Se destruyó así la relación causal entre la nueva infusión del Espíritu Santo y la obtención del oficio de sacerdote.
5. SUPRESIÓN DEL SACRIFICIO
En todo el nuevo rito no hay ninguna mención explícita del SACRIFICIO PROPICIATORIO.
6. "SIGNIFICATIO EX ADIUNCTIS" (=Significación por el contexto)
Es decir: además de la supresión del "ut" causal, toda la SIGNIFICATIO EX ADIUNCTIS está dando un sentido distinto a la palabra "sacerdote": ya no es más que un "sacrificador" del sacrificio de la Nueva Alianza; no es mas que un "pastoreador" del pueblo de Dios.
7. ORDENACIONES ANGLICANAS
.En razón de su similitud, la argumentación sobre la invalidez del rito "montiniano" se basa en la usada por la DEFINICIÓN INFALIBLE de LEÓN XIII sobre la invalidez de las ordenaciones anglicanas ("Apostolicae Curae".1896). (D. 1963-1966).
Ergo,si el "rito montiniano" es válido, también lo es el rito anglicano de 1662. Pero si la "Ap. Curae" tiene razón, el nuevo rito es INVÁLIDO.
8. ARGUMENTO DE AUTORIDAD
Los teólogos católicos -de la Iglesia Católica con sedevacancia- que han estudiado el nuevo rito sostienen UNANIMITER su invalidez: Daly; Siebel; Egregyi; Zins, etc.
 
Conclusión
Por un defecto ESENCIAL de FORMA y de INTENCIÓN, similar al de las "ordenaciones anglicanas". Los "SACERDOTES ordenados" desde el 1-4-69 con el nuevo "rito montiniano" no son  "sacerdotes"