Reflexión

INDISPENSABLE REFLEXIÓN

Sobre el Sedevacantismo se ha dicho lo que se ha querido, muchos han opinado sobre esta posición teológica y canónica católica sin conocer en profundidad sus verdaderos orígenes y desarrollo, sus verdaderos protagonistas --eclesiásticos de la mayor relevancia jerárquica como intelectual--, sus verdaderos y graves fundamentos dogmáticos, su imperiosa razón de defender a los católicos de la grave apostasía y cisma en el que ahora viven y malviven. Paradójica y curiosamente sus máximos enemigos y detractores han sido aquellos que se dicen "defensores de la tradición católica", estos son los falsos tradicionalistas, todos ellos ex miembros de la FSSPX a la cual hoy día calumnian y difaman con un diabólico resentimiento; dirigidos por una élite infiltrada con psudosteólogos que inventaron laberínticas "tesis" rabínicas-dominicas-jesuíticas, y de una gran malicia al servicio del complot judeo-masónico, y secundados por la complicidad y servilismo de una mayoría de incautos que movidos siempre por la ingenuidad de una cómoda negligencia se alimentan de las "teologías" y de los "teólogos" del facebook o de los blog de la internet. Frente a todos estos paracaidístas devenidos en estos últimos meses al "sedevacantismo" los hay de muchos colores, entre ellos contamos a los desilucionados por el coqueteo de Jorge Bergoglio con los Protestantes, Judíos y Musulmanes, como si Ratzinger, Wojtila y Montini no lo hubiesen hecho antes, estos nuevos "sedevacantistas" creen que solo Bergoglio es hereje formal y material y por lo tanto no es papa, pero los muy incautos "ignorantes en la cuestión" aceptan la misa nueva y los sacramentos dados con el nuevo ritual inválido e ilegítimo de Paulo VI. Los Católicos fieles creemos firmemente que el último Papa de la Iglesia Católica Apostólica Romana fue S.S Pío XII y que de allí por defecto y consecuencia de la Grana Apostasía ha cesado la institución del cónclave y cualquier iniciativa al respecto, solo será una delirante intentona.

martes, 22 de octubre de 2019

SACRAMENTO DEL MATRIMONIO

El pasado mes de Septiembre en la Ciudad de Junin Bs.As. el Padre Mauricio bendijo la unión matrimonial del  Sr. Camilo Sangiacomo y la Srta. María Fernanda Escudero y en dónde fueron testigos y padrinos de la boda, el Sr. José Escudero y la Sra. Patricia Lancetti.

DEL MATRIMONIO SEGÚN EL CATECISMO MAYOR DE SAN PÍO X


1.°-Naturaleza del sacramento del Matrimonio
831. ¿Qué es el sacramento del Matrimonio? - El Matrimonio es un sacramento instituido por nuestro Señor Jesucristo, que establece una santa e indisoluble unión entre el hombre y la mujer y les da gracia para amarse uno a otro santamente y educar cristianamente a los hijos.
832. ¿Por quién fue instituido el Matrimonio? - El matrimonio fue instituido por el mismo Dios en el paraíso terrenal y en el Nuevo Testamento fue elevado por Jesucristo a la dignidad de sacramento.
833. ¿Tiene alguna particular significación el sacramento del Matrimonio? - El sacramento del Matrimonio significa la indisoluble unión de Jesucristo con la santa Iglesia, su esposa y madre nuestra amantísima.
834. ¿Por qué se dice que el vínculo del matrimonio es indisoluble? - Se dice que el vínculo del matrimonio es indisoluble o que, no puede desatarse. si. no. es por la. muerte de uno de los cónyuges, porque así lo estableció Dios desde el principio y así lo proclamó solemnemente nuestro Señor Jesucristo.
835. En el matrimonio cristiano, ¿puede el contrato separarse del sacramento? - No, señor; en el matrimonio entre cristianos el contrato no puede separarse del sacramento, porque para ellos no es otra cosa el matrimonio que el mismo contrato natural elevado por Jesucristo a la dignidad de sacramento.
836. ¿No puede, por consiguiente, entre cristianos haber verdadero matrimonio que no sea sacramento? - Entre cristianos no puede haber verdadero matrimonio que no sea sacra memo.
837. ¿Qué efectos produce el sacramento del Matrimonio? - El sacramento del Matrimonio: 1.°, acrecienta la gracia santificante ; 2.°, confiere gracia especial para cumplir todos los deberes matrimoniales.

2.°-Ministros, rito y disposiciones
838. ¿Cuáles son los ministros de este sacramento? - Los ministros de este sacramento son los mismos esposos, los cuales recíprocamente confieren y reciben el sacramento.
839. ¿De qué manera se administra este sacramento? - Este sacramento, como conserva la naturaleza del contrato, se administra por los mismos contrayentes con declarar en presencia de su párroco o del sacerdote a quien él delegare y de dos testigos, que se unen en matrimonio.
840. ¿De qué sirve, pues, la bendición que da el párroco a los desposados? - La bendición que da el párroco a los desposados no es necesaria para constituir el sacramento, pero sirve para sancionar la unión de los mismos en nombre de la Iglesia y para atraer sobre ellos más copiosamente las bendiciones de Dios.
841. ¿Qué intención ha de tener quien contrae matrimonio? - Quien contrae matrimonio ha de tener intención: 1.° de hacer la voluntad de Dios que le llama a tal estado; 2.°, de procurar en él la santificación de su propia alma; 3.°, de educar cristianamente a los hijos, si Dios se los diere.
842. ¿Cómo se dispondrán los novios para recibir con fruto el sacramento del Matrimonio? - Los novios, para recibir con fruto el sacramento del Matrimonio; 1.°, han de encomendarse de corazón a Dios para conocer su voluntad y alcanzar de Él las gracias necesarias en tal estado; 2.°, han de consultar a sus respectivos padres antes de hacer ninguna promesa, como lo exige la obediencia y respeto que se les debe; 3.°, han de prepararse con una buena confesión, y aun general de toda su vida, si fuera menester; 4.°, deben apartarse de toda peligrosa familiaridad en el trato mutuo, ya de palabra, ya de abra.
843. ¿Cuáles son las principales obligaciones de las casados? - Las principales obligaciones de los casados son: 1.º, guardar inviolablemente la fidelidad conyugal y portarse siempre y en todo cristianamente; 2.º, amarse uno a otro, soportarse con paciencia y vivir en paz y concordia; 3.º, si tienen hijos, pensar seriamente en proveerlos de lo necesario, darles cristiana educación y dejarles en libertad de escoger el estado a que Dios los llamare.

3 °-Condiciones e impedimentos
844. ¿Qué es necesario para contraer VÁLIDAMENTE el matrimonio cristiano? - Para contraer válidamente el matrimonio cristiano es necesario estar libre de todo impedimento dirimente del matrimonio y dar libremente su consentimiento al contrato matrimonial delante del propio párroco o del Ordinario del lugar o de un sacerdote delegado por alguno de los dos, y ante dos testigos, por lo menos.
845. ¿Qué es necesario para contraer LÍCITAMENTE el matrimonio cristiano? - Para contraer lícitamente el matrimonio cristiano es necesario estar libre de los impedimentos impedientes del matrimonio, saber las cosas principales de la religión y hallarse en estado de gracia;, de otra manera se cometería un sacrilegio.
846. ¿Qué son los impedimentos del matrimonio? - Los impedimentos del matrimonio son ciertas circunstancias que hacen el matrimonio o inválido o ilícito. En el primer caso se dicen impedimentos. dirimentes; en el segundo, impedimentos impedientes.
847. Traedme algún ejemplo de impedimento DIRIMENTE. Impedimentos dirimentes son, por ejemplo, la consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, el parentesco espiritual proveniente del Bautismo, el voto solemne de castidad, la disparidad de cultos, etc.
848. Decidme algún ejemplo de impedimento IMPEDIENTE. Impedimentos impedientes son, por ejemplo, la diversidad de Religión entre bautizados, el voto simple de castidad, etc.
849. ¿Están obligados los fieles a manifestar a la autoridad eclesiástica los impedimentos del matrimonio que conocen? - Los fieles están obligados a manifestar a la autoridad eclesiástica los impedimentos del matrimonio que conocen, y por esta causa publican los párrocos las amonestaciones o proclamas.
850. ¿Quién tiene potestad de establecer impedimentos matrimoniales, de dispensar de ellos y de juzgar de la validez del matrimonio cristiano? - Sólo la Iglesia tiene potestad de poner impedimentos y de juzgar de la validez del matrimonió entre cristianos, así como sólo la Iglesia puede dispensar de los impedimentos que ella ha puesto.
851. ¿Por qué sólo la Iglesia tiene potestad de poner impedimentos y de juzgar de la validez del matrimonio? - Sólo la Iglesia tiene potestad de poner impedimentos, de juzgar de la validez del matrimonio y. de dispensar de los impedimentos que ella ha puesto porque, como en el matrimonio cristiano no puede el contrato separarse del sacramento, aun el contrato cae bajo la potestad de la Iglesia que es la única que recibió de Jesucristo el derecho de legislar y decidir en cosas sagrada.
852. ¿Puede la autoridad civil desatar, con el divorcio, el vínculo del matrimonio cristiano? - No, señor; la autoridad civil no puede desatar el vínculo del matrimonio cristiano, porque no tiene poder para entremeterse en materia de sacramentos ni separar lo que Dios juntó.
853. ¿Qué es lo que llaman matrimonio civil? - Lo que llaman matrimonio civil no es más que una formalidad prescrita por la ley a fin de dar y asegurar los efectos civiles a los casados y a sus hijos.
854. ¿Basta para un cristiano el matrimonio o contrato civil? - Para un cristiano no basta el contrato civil, porque -no es sacramento, y, por consiguiente, no es verdadero matrimonio.
855. ¿En qué condiciones se hallan los esposos que viven unidos sin haber contraído más que el matrimonio civil? - Los esposos que viven unidos sin haber contraído más que el matrimonio civil se hallan en estado de continuo pecado mortal, y su unión será siempre ilegítima delante de Dios y de la Iglesia.

3 comentarios:

  1. Felicitaciones a los novios!!!

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  2. Excelente toda la explicación sobre este gran sacramento y muy linda las fotos que lo ilustran, confiemos que perseveren con la gracia y fidelidad este nuevo matrimonio.

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  3. Hola, estoy tan emocionado de que mi matrimonio roto haya sido restaurado. Qué trabajo tan milagroso del gran Amiso, soy Vera Lucas, mi esposo me dejó a mí y a mis dos hijos porque tenía cáncer del cuerpo, no había cuerpo para hablé, así que me puse en contacto con el Dr. Amiso y le expliqué todo lo que le estaba pasando, me dijo que no me preocupara por el cáncer, me envió sus hierbas y me instruyó sobre cómo aplicarlas, lo cual hice después de un tiempo, me dijo para ir al chequeo, lo que también hice para mi gran sorpresa, el cáncer desapareció para siempre, también me devolvió a mi esposo. Le dije a mi amiga Amanda, que su esposo se divorciaría dentro de tres días, ella también contactó al Dr. Amiso, y vi que su esposo llamó al abogado dos días antes del tercer día de firmar el documento de divorcio y le dijo al abogado que él no estaba Al divorciarse de su esposa nuevamente, él debería detenerse y cancelar todos los documentos relacionados con el tema del divorcio, creerme que ahora viven felices como nunca antes. en caso de que esté pasando por problemas de salud o maritales, o si desea casarse con el amante de su elección, quedar embarazada sin aborto involuntario, promoción de empleo y éxito, desea ser reconocido en el mundo, casos de cáncer o divorcio, cualquier tipo de problemas en absoluto no te rindas, no llores más, descubrí que tomar la medicina herbal Dr.Amiso es lo mejor, contacta amablemente con Dr.Amiso en herbalisthome01@gmail.com

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