Reflexión

INDISPENSABLE REFLEXIÓN

Sobre el Sedevacantismo se ha dicho lo que se ha querido, muchos han opinado sobre esta posición teológica y canónica católica sin conocer en profundidad sus verdaderos orígenes y desarrollo, sus verdaderos protagonistas --eclesiásticos de la mayor relevancia jerárquica como intelectual--, sus verdaderos y graves fundamentos dogmáticos, su imperiosa razón de defender a los católicos de la grave apostasía y cisma en el que ahora viven y malviven. Paradójica y curiosamente sus máximos enemigos y detractores han sido aquellos que se dicen "defensores de la tradición católica", estos son los falsos tradicionalistas, todos ellos ex miembros de la FSSPX a la cual hoy día calumnian y difaman con un diabólico resentimiento; dirigidos por una élite infiltrada con psudosteólogos que inventaron laberínticas "tesis" rabínicas-dominicas-jesuíticas, y de una gran malicia al servicio del complot judeo-masónico, y secundados por la complicidad y servilismo de una mayoría de incautos que movidos siempre por la ingenuidad de una cómoda negligencia se alimentan de las "teologías" y de los "teólogos" del facebook o de los blog de la internet. Frente a todos estos paracaidístas devenidos en estos últimos meses al "sedevacantismo" los hay de muchos colores, entre ellos contamos a los desilucionados por el coqueteo de Jorge Bergoglio con los Protestantes, Judíos y Musulmanes, como si Ratzinger, Wojtila y Montini no lo hubiesen hecho antes, estos nuevos "sedevacantistas" creen que solo Bergoglio es hereje formal y material y por lo tanto no es papa, pero los muy incautos "ignorantes en la cuestión" aceptan la misa nueva y los sacramentos dados con el nuevo ritual inválido e ilegítimo de Paulo VI. Los Católicos fieles creemos firmemente que el último Papa de la Iglesia Católica Apostólica Romana fue S.S Pío XII y que de allí por defecto y consecuencia de la Grana Apostasía ha cesado la institución del cónclave y cualquier iniciativa al respecto, solo será una delirante intentona.

lunes, 25 de junio de 2018

EL SACERDOTE... Por: Fray. Mario José Petit de Murat O.P. † 1972


Nuestra religión tiene sobre todas las otras la característica ésta: descubre y eleva ese tesoro que es nuestra alma. El cristianismo descubre y eleva ese tesoro que es nuestra alma. Descubre esa gran cautiva que llevamos dentro y conocemos tan poco. Esa maravilla creada por Dios a la que le dio su propia característica: el ser inmortal. 
Si vemos el mundo tan desolado es porque falta en él la inteligencia y la voluntad que son como el eje del mundo. Todo parece desordenado y sin sentido cuando no está regulado por ellas. 
El hombre es rey, soberano de todo lo creado. Nada debe pedir a las criaturas que, precisamente, están esperando que él justifique su existencia, elevándolas a Dios. El hombre es inmortal y las cosas que pasan no pueden ofrecerle más que muerte. Cuando surge el alma bañada por la Sangre del Cordero, límpida, pura, recobrada su virginidad, Dios la eleva y la corona con la adopción de hijo. Entonces puede erguir su cabeza y colocarse entre los coros de los ángeles. ¡Es tan bella el alma redimida! Jesús decía a Santa Teresa: “¡Es tan bella tu alma, que si no hubiera Cielo, lo crearía para ti”. Y no titubeó en hundirse en las afrentas más terribles con tal de rescatar esta cautiva, la única en el universo que puede ofrecerle un lugar de reposo. 

lunes, 18 de junio de 2018

ORDENES IMPÍAS: 50 AÑOS DE ORDENACIONES INVÁLIDAS EN LA IGLESIA CONCILIAR DEL NOVUS ORDO MISSAE

Tomado de: sededelasabiduria.es
Fue exactamente hace 50 años antes de la fecha de  hoy,  18 de junio de 1968, cuando el jefe de la Secta del Vaticano II – “Papa” Pablo VI , Mons. Giovanni Battista Montini – firmó una “constitución apostólica” para cambiar el rito católico de la ordenación. Los cambios que introdujo no solo afectaron a algunas de las ceremonias más periféricas, sino a la esencia misma del sacramento. Las mismas palabras que el Papa Pío XII, en 1947, había decretado definitivamente que eran necesarias para la validez del sacramento de las sagradas órdenes, fueron cambiadas/ sustituidas  por Pablo VI de tal manera que la ordenación de los sacerdotes se volvió dudosa y la consagración de los obispos definitivamente inválida (aunque incluso un rito dudoso , en cualquier caso, debe considerarse no válido en la práctica, según la enseñanza católica).
Dado que todos los sacramentos distintos del bautismo y el sagrado matrimonio dependen en última instancia de  , todo lo que los modernistas debían hacer era invalidar el rito de la consagración episcopal para asegurar que los católicos fueran privados de la mayoría de los sacramentos a largo plazo, especialmente la Sagrada Eucaristía / misa. y absolución en el confesionario.
Continuar:
https://verdadcatolica.blogspot.com/2018/11/ordenes-impias-50-anos-de-ordenaciones.html

lunes, 4 de junio de 2018

JURISDICCIÓN EN SEDE VACANTE. CÓNCLAVE DE VITERBO: SIGLO XIII (Formación para la acción)



Tomado de: Sededelasabiduría

El cónclave papal que aconteció entre el 29 de noviembre de 1268 y el 1 de septiembre de 1271, desde la muerte del papa Clemente IV hasta la elección de Gegorio X , fue el más largo en la historia de la Iglesia Católica,​ con un interregno, es decir, con Sede vacante durante 34 meses; casi tres años sin Papa.
En aquella crisis de tres años (entre 1268 y 1271) y “con el fin de que los sacerdotes y fieles no quedasen sin pastores, se eligieron y consagraron obispos para llenar las sedes vacantes. En este tiempo hubo, al menos, veintiún elecciones y consagraciones en varios países”.
Es decir: durante esos tres años sin Papa, no sólo se consagraron obispos válida y legítimamente, sino que, además, estos nuevos obispos ejercieron una jurisdicción de suplencia gobernando diócesis importantes, debido al estado de necesidad en la Iglesia, puesto que no había Papa, única fuente de la que emana toda jurisdicción. Dichos obispos, como católicos, se sometieron de inmediato al nuevo Papa legítimo, Gregorio X, para que ratificara o no su jurisdicción.
En Il Nuovo Osservatore Cattolico de Stephano Filiberto, doctor en historia eclesiástica, se citan algunos nombres de esos obispos y las diócesis en que ejercieron plena jurisdicción. Como resultado de su investigación, escribe Stephano:
Lo más importante de este precedente histórico es que todas estas consagraciones episcopales fueron ratificadas posteriormente por el papa Gregorio X, y, por consiguiente, afirmó su licitud.
He aquí algunos obispos consagrados durante la vacancia de la Sede Apostólica y las sedes episcopales donde ejercieron la jurisdicción de suplencia:

en Avranches (Francia): Radulfus de Thieville, en noviembre de 1269; en Aleria (Córcega): Nicolaus Forteguerra, en 1270; en Antivari (Epiro, noroeste de Grecia): Caspar Adam, O.P., en 1270; en Auxerre (Francia): Erardus de Lesinnes, en enero de 1271;
en Cagli (Italia): Jacobus, el 8 de septiembre de 1270; en Le Mans (Francia): Geoffridus d’Asse, en 1270; en Cefalu (Sicilia): Petrus Taurs, en 1269;

7. en Cervia (Italia): Theodoricus Borgognoni, O.P., en 1270.

Hasta aquí la cita extraída del libro de Stephano.

Pues bien, si en aquel entonces donde la Sede vacante por casi tres años se debió a la división de los cardenales franceses partidarios de la casa de Anjou y los cardenales italianos, no impidió que se consagraran obispos y ejercieran la jurisdicción para la salvación de las almas, que más tarde confirmaría el nuevo Papa, Gregorio X, cabe preguntarse legítimamente ¿ No es necesario, con más razón hoy, que no hay papa y apenas obispos- porque el herético está depuesto de todo cargo eclesial- la consagración de obispos válidos para atender al fin primario de la Iglesia? Es evidente que sí; y también que podrían gozar de una jurisdicción de suplencia sujeta a la ratificación del Papa legítimo cuando Cristo, vida nuestra, quiera que lo haya. De momento no lo merecemos.
Otra pregunta más nos suscita este largo periodo de Sede vacante en el siglo XIII. En efecto, siendo la existencia de un Papa legítimo necesaria en la Iglesia para toda jurisdicción ordinaria , aquellos diez cardenales nombraron un comité de seis. El comité incluyó a dos cardenales de la facción de Orsini (Giovanni Gaetano Orsini y Giacomo Savelli), tres gibelinos (Simone Paltinieri, Ottaviano Ubaldini y Guy de Castella) y el cardenal Riccardo Annibaldi, mientras que los cardenales Anjou fueron totalmente marginados, y eligieron Papa a Tebaldo Visconti, que no era cardenal, y que reinaría como Papa Gregorio X. Pero dada la necesidad de la elección de un Papa, los magistrados de la ciudad de Viterbo aislaron a los cardenales, y mandaron que se les redujeran sus raciones de pan y agua, y quitar el techo del Palacio Papal de Viterbo donde estuvieron reunidos durante todo un año.
Pues bien, si esto hicieron aquellos cardenales para “forzar” la elección de un Papa legítimo, cuando todos guardaban la fe católica ¿Qué debemos hoy hacer los católicos para que se elija un Papa legítimo, cuando la Sede apostólica sigue vacante y los cardenales y los obispos suscriben la herejía modernista, aceptando el Concilio Vaticano II?
La posteriores reglas del cónclave ubi periculum de Gregorio X, establecieron cómo debe ser la alimentación de los electores papales: a través de una pequeña abertura se les daría la comida, y esta se racionaría el tercer día (con una sola comida) y al octavo día y sucesivos (con sólo pan y un poco de vino). Los cardenales tampoco recibirían de la Cámara Apostólica todos los pagos que conllevara su cargo hasta que el cónclave se diera por terminado.
Ahora bien, apliquemos la filosofía de Santo Tomás de Aquino sobre la substancia y accidentes a la situación actual de Sede vacante: “Cuando un gobierno y todos los organismos que de él penden se desploma, ¿ será imposible que una autoridad mejor y más fuerte sustituya a la que se hundió, restituyendo en todas sus funciones y representaciones a todos los poderes subalternos? Sin sombra de duda hay que sostener con Santo Tomás, que muy bien”pudo Dios sostener el accidente sin soporte ni sujeto” [ Et ideo, absque omni dubitatione dicendum est quod Deus potest faceré accidens sine subjecto]. He aquí lo que pasa en el sacramento del Altar [ Monsabeé, conf. 68]. Quien negara esto, estaría negando lo que pasa en el sacramento de la Eucaristía, nada más, y nada menos.
¿No podría, pues, aplicarse esta misma concepción tomista de substancia y accidente en la actual situación de Sede vacancia, en la que por una Autoridad superior y mejor ( Cristo cabeza de la Iglesia] sustituya a la que se hundió por herejía, restituyendo en sus funciones y representaciones a los poderes subalternos hasta que un Papa legitimo ratificara su missio? A nuestro parecer la aplicación es muy adecuada, aunque haya que hacer algunas distinciones. Lo cual hace legitima la consagración de Obispos con el rito tradicional hecha por verdaderos obispos, mientras se llegue a una aceptación pacífica entre los católicos- que puede llevar décadas ¡ Sólo Dios sabe!- sobre la forma de elección de un Papa en el estado actual, al cual quiere Dios que se le sometan todos sus súbditos, incluidos estas obispos.